top of page

Declaración Informativa Múltiple (DIM): Obligación Fiscal, ¿por qué es clave cumplir con esta obligación fiscal?

  • Foto del escritor: Bucio Casco & Asociados
    Bucio Casco & Asociados
  • 16 jun
  • 2 Min. de lectura


DIM | Pagos y Retenciones realizados a residentes en el extranjero.
DIM | Pagos y Retenciones realizados a residentes en el extranjero.

Declaración Informativa Múltiple (DIM): Obligación Fiscal

La Declaración Informativa Múltiple (DIM): Obligación Fiscal, es una declaración informativa que permite a las personas morales y físicas reportar ante el SAT diversas operaciones que no necesariamente se incluyen en las declaraciones mensuales o anuales, pero que son relevantes para efectos de control y fiscalización.


¿Qué se declara en la DIM?

La DIM se compone de distintos anexos, los cuales varían según la naturaleza de las operaciones realizadas por el contribuyente. Algunos de los más importantes son:

  • Anexo 4: Reporte de pagos y retenciones realizados a residentes en el extranjero (por intereses, regalías, servicios técnicos, etc.).

  • Anexo 5: Distribución de dividendos o utilidades a socios y accionistas.

  • Anexo 7: Operaciones con clientes y proveedores, cuando no se presenta la DIOT.

  • Otros anexos anteriores como el de sueldos y salarios han migrado a plataformas como el Visor de Nómina del SAT, aunque en algunos casos aún se utilizan para ejercicios anteriores o situaciones especiales.


¿Quiénes están obligados a presentarla?

Están obligados a presentar la DIM:

  • Personas morales del régimen general que realicen operaciones con terceros que deban informarse expresamente (como pagos al extranjero).

  • Empresas que distribuyen dividendos o que mantienen operaciones internacionales relevantes.

  • Personas físicas con actividad empresarial, cuando así lo requiera la naturaleza de sus operaciones.


¿Cuándo se presenta?

Aunque muchos anexos de la DIM tienen como fecha límite el 15 de febrero, uno de los más relevantes — el Anexo 4, relacionado con pagos al extranjero — debe presentarse a más tardar el 15 de julio del año siguiente al ejercicio fiscal reportado.


¿Por qué es importante cumplir con la DIM?

  • Evita sanciones y multas: El incumplimiento puede derivar en penalizaciones significativas.

  • Fortalece la transparencia fiscal: Reportar correctamente da certeza tanto a la empresa como a la autoridad.

  • Reduce riesgos de auditoría: Una DIM bien presentada muestra congruencia entre lo reportado y lo facturado.


Nuestra experiencia, su tranquilidad

En nuestra firma contable internacional, contamos con una sólida experiencia en el llenado, revisión y presentación de la DIM. Ayudamos a nuestros clientes a identificar qué anexos aplican según su régimen y actividad, garantizando el cumplimiento puntual y correcto.


Nuestro equipo de expertos fiscales se mantiene actualizado con las disposiciones vigentes para asegurar que nuestros clientes mantengan su operación bajo control fiscal y sin sorpresas.



 
 
 

Commenti


bottom of page