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¿Qué pasará el siguiente año con las Personas Morales que contratan por outsourcing?

Actualizado: 28 ene 2022

La subcontratación, mejor conocida como outsourcing, genera uno de cada cuatro empleos formales en el país, sin embargo, Gobierno y entidades como el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) han coincidido en que es necesario regular este esquema que, en muchas ocasiones, genera mecanismos que no son favorables para el trabajador.

Para muchas Personas Morales, la noticia ha generado cierta incertidumbre, particularmente entre las medianas y pequeñas empresas que son las que más utilizan el esquema de la subcontratación y que las colocará, sin duda, bajo los reflectores el próximo año, mismo en el que inicia el último periodo ordinario de sesiones de la LXIV Legislatura.

Más allá de los costos que implicaría para las Personas Morales, la afectación puede ir más allá, ya que algunas empresas podrían tener que evaluar de qué forma seguirán operando.

Para el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), esta iniciativa podría incrementar la carga del manejo y cumplimiento de impuestos y que, para fortalecer realmente el cumplimiento entre las MiPymes, se requiere también de una política de acompañamiento y apoyo por parte de las autoridades tributarias, así como impulsar diversos programas de educación financiera, además de simplificar el proceso del pago de impuestos.


Conocimiento de la reforma contra el outsourcing, la mejor herramienta para las Personas Morales en 2021

Si bien se trata de una medida necesaria y que busca mejorar las condiciones de los empleados, es necesario conocer algunos aspectos para que, como Persona Moral, estés listo y puedas tener todo en orden en caso de que la iniciativa contra el outsourcing sea aprobada:

1. Con excepciones específicas, se prohíbe la subcontratación de personal

2. Sólo queda permitida la presentación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objetivo social ni de la actividad económica de la empresa beneficiaria

3. Las empresas que recurran al outsourcing con un contratista que incumpla las obligaciones con sus trabajadores, serán responsables solidarios de los trabajadores implicados

4. Las empresas que presenten servicios autorizados requerirán una autorización de la Secretaría del Trabajo a ser renovada cada tres años

5. Quedan permitidas las agencias de contratación, pero sólo para intervenir en los procesos de contratación

6. La violación a las nuevas disposiciones implicará multas de hasta 4 millones 344 mil pesos

7. Los pagos por concepto de subcontratación no tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento; además las irregularidades se procederán como delito de defraudación fiscal


En Bucio Casco & Asociados S.C. ofrecemos el servicio contable para asesorar a las Personas Morales que contraten o subcontraten o a las que se contraten a través de la figura del outsourcing para evitar cualquier contratiempo con la autoridad fiscal.

¡Contáctanos hoy mismo!



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