CumplimientO para INFRA.
Para contratistas de obra pública; carreteras, puentes, túneles, terracerías y pavimentación: del REPSE para licitar al cierre que libera estimaciones y finiquitos.

¿Por qué es distinto?
En obra pública el cumplimiento es condición de pago. Sin REPSE vigente no se contrata con la Administración Pública, requisito de las licitaciones a través de la Función Pública y de Compranet desde 2025 y sin cumplimiento documental, las dependencias retienen estimaciones. A la fiscalización del IMSS se suman la ASF y la propia dependencia.
Riesgos que prevenimos
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Quedar fuera de la licitación por falta de REPSE vigente (dura tres años; renovar a tiempo).
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Retención de estimaciones y pagos sin acreditar el cumplimiento ante el IMSS y la STPS.
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Subcontratación intensiva sin trazabilidad: cada especialidad es un punto REPSE e ICSOE/SISUB; un eslabón omitido genera responsabilidad solidaria (Art. 14 LFT).
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Triple revisión: IMSS, ASF y dependencia contratante.
Qué hacemos
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Diagnóstico previo a licitación o arranque: objeto de obra, actividades especializadas y estatus REPSE.
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Registro SIROC por tramo y control de incidencias por avance físico-financiero.
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Verificación del REPSE de subcontratistas e integración de ICSOE y SISUB cuatrimestrales.
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Conciliación de nómina, SUA, SIPARE, CFDI y estimaciones.
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Cierre de obra y expediente para liberar estimaciones, fianzas y finiquitos.
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Defensa documental ante el IMSS y soporte ante la ASF y la dependencia contratante.

